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¿En qué consiste un contrato de aprendizaje? Otra alternativa para el acceso al primer empleo son los llamados Contratos de Aprendizaje, una forma especial de contratación en la que una persona natural recibe formación teórica en una entidad de formación, a cambio de que una empresa patrocinadora proporcione los medios para que la persona adquiera la formación profesional requerida en un oficio, actividad u ocupación. De este modo, puede desempeñarse dentro del manejo administrativo, operativo comercial o financiero propios de las actividades de la empresa. El contrato de aprendizaje tiene una duración máxima de 2 años, en los cuales la persona recibe un apoyo de sostenimiento mensual, que no se constituye como salario, y que es equivalente al 75% de un salario mínimo mensual legal vigente. Cuando el aprendiz es estudiante universitario, el apoyo de sostenimiento mensual no puede ser inferior al equivalente a un salario mínimo legal vigente. La presencia del aprendiz en las etapas de formación integral en aula y de práctica, dependerá del pensum académico de cada programa de formación en particular. En este sentido, durante la etapa lectiva la persona no se desplaza a las instalaciones de la empresa, salvo que en el programa de formación esté contemplada la alternancia de las dos etapas. Por su parte, en la etapa productiva el aprendiz dedicará hasta 48 horas semanales al cumplimiento de la misma. // Ver Para facilitar el desarrollo de este tipo de contratos, el SENA ha dispuesto en su página web un aplicativo virtual para el registro e interacción entre aprendices y empresarios. |
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